El juzgado no aprecia su responsabilidad en la contaminación de la rambla Chirivel en la que se arrojaban principalmente aguas sin depurar
ALMERÍA HOY / 17·07·2024
El Juzgado de lo Penal número 1 de Almería ha absuelto al alcalde de Vélez-Rubio, Miguel Martínez Carlón Manchón, de un delito contra el medio ambiente por el que la Fiscalía le reclamaba tres años de prisión.
El juzgado no aprecia su responsabilidad en la contaminación de la rambla Chirivel en la cual se arrojaban vertidos municipales, principalmente aguas sin depurar, desde 2012 a 2018, lo que ha provocado daños en el ecosistema.
La sentencia, informa Europa Press, absuelve también al concejal Juan José Parra García, quien en el momento de los hechos ostentaba las competencias de medio ambiente en el Ayuntamiento, en una causa en la que también ejercieron la acusación la Abogacía del Estado, en representación del Ministerio de Transición Ecológica, y el Ayuntamiento de Lorca.
Los hechos parten de la existencia de un vertido en la rambla de Chirivel desde al menos el año 2012, cuando una riada inutilizó la estación depuradora de aguas residuales (EDAR) del paraje El Espadín.
Si bien la magistrada Ana María Fernández reconoce los daños causados al dominio público hidráulico a causa de los vertidos, que fueron denunciados por la Fiscalía en 2018, descarta en base a la prueba practicada en sala que los responsables municipales omitieran deliberadamente durante sus mandatos "cualquier tipo de acción" para evitar que dichos residuos, "de los cuales era conocedores", provocaran los daños descritos.
La juez concluye en base a la declaración de los acusados y los testigos que "la única forma de conseguir evitar el daño que los vertidos de aguas residuales estaban produciendo sobre el medio ambiente habría pasado por construir una nueva depuradora", sin que existe en la causa "ningún documento pericial que permita afirmar de qué otra manera pudo haberse evitado el perjuicio".
El juzgado no aprecia su responsabilidad en la contaminación de la rambla Chirivel en la cual se arrojaban vertidos municipales, principalmente aguas sin depurar, desde 2012 a 2018, lo que ha provocado daños en el ecosistema.
La sentencia, informa Europa Press, absuelve también al concejal Juan José Parra García, quien en el momento de los hechos ostentaba las competencias de medio ambiente en el Ayuntamiento, en una causa en la que también ejercieron la acusación la Abogacía del Estado, en representación del Ministerio de Transición Ecológica, y el Ayuntamiento de Lorca.
Los hechos parten de la existencia de un vertido en la rambla de Chirivel desde al menos el año 2012, cuando una riada inutilizó la estación depuradora de aguas residuales (EDAR) del paraje El Espadín.
Si bien la magistrada Ana María Fernández reconoce los daños causados al dominio público hidráulico a causa de los vertidos, que fueron denunciados por la Fiscalía en 2018, descarta en base a la prueba practicada en sala que los responsables municipales omitieran deliberadamente durante sus mandatos "cualquier tipo de acción" para evitar que dichos residuos, "de los cuales era conocedores", provocaran los daños descritos.
La juez concluye en base a la declaración de los acusados y los testigos que "la única forma de conseguir evitar el daño que los vertidos de aguas residuales estaban produciendo sobre el medio ambiente habría pasado por construir una nueva depuradora", sin que existe en la causa "ningún documento pericial que permita afirmar de qué otra manera pudo haberse evitado el perjuicio".