La alcaldesa de Cantoria vulneró derechos del portavoz de PP al expulsarlo del pleno

Así lo dicta una sentencia contra la que cabe recurso de apelación, y que acuerda declarar nulos ambos actos y condena a costas a la demandada




EUROPA PRESS / 18·09·2017

La alcaldesa de Cantoria, Purificación García (PSOE), vulneró los derechos fundamentales del portavoz municipal de la oposición, José Llamas (PP), cuando le expulsó del pleno de la corporación local celebrado el 27 de febrero tras negarle la posibilidad de hacer observaciones al acta del pleno anterior para que constase un incidente que había protagonizado con el marido de la alcaldesa y que está judicializado en vía penal.

Así lo ha sentenciado la titular del Juzgado de lo Contencioso-administrativo 3 de Almería que, en su fallo de 12 de septiembre, contra el que cabe recurso de apelación, acuerda declarar nulos ambos actos y condena a costas a la demandada.

La alcaldesa argumentó en su momento para justificar ambas decisiones declaradas ahora contrarias a derecho que expulsó a Llamas después de que este fuera llamado «varias veces al orden» y «levantara la voz» sin llegar a «respetar el turno de intervención» y sin que llegara a debatirse la moción presentada para reprobar el incidente que tuvo lugar en abril de 2016 entre propio Llamas y el asesor de la alcaldesa y su marido, Antonio Cerrillo.

La magistrada Ana Fariñas concluye en su fallo que el examen de las grabaciones del pleno revela que García hizo en el minuto 52,37 «una primera llamada al orden, apercibiéndole de su posible expulsión en ese momento, retirándole después la palabra y procediendo a su expulsión en el minuto 53».

«Esta conducta no se ajusta al contenido del artículo 95 de la ROF», remarca la juez, recordando que estipula que «tras tres llamadas al orden en la misma sesión, con advertencia en la segunda de una tercera llamada, el presidente podrá ordenarle que abandone el local en el que se esté celebrando la reunión, adoptando las medidas que considere oportunas para hacer efectiva la expulsión».

La sentencia estimatoria, dictada a raíz del recurso interpuesto por Llamas bajo la dirección letrada del abogado José Manuel Urquiza y con el informe favorable de la Fiscalía, concluye, asimismo, que la regidora conculcó «el derecho a formular observaciones por parte de los representantes públicos, derecho a la participación política consagrado en el artículo 23 de la Constitución».

«En las grabaciones obrantes en autos se escucha, al principio, como no se admite al recurrente la posibilidad de formular observaciones al acta que va a ser objeto de aprobación, manifestando la alcaldesa que en dicho momento solo cabe votar, a favor o en contra, de la aprobación del acta», señala la magistrada para remarcar que, de esto, «no puede sino concluirse que efectivamente se vulneró el derecho fundamental mencionado».

En su escrito, la fiscal ya recordó que el artículo 91.1 de la ROF señala que las sesiones comenzarán preguntando si algún miembro de la corporación tiene que formular observación al acta de la sesión anterior y, en su caso, que se procederá a su debate y decisión.

«En la sesión del pleno del Ayuntamiento de Cantoria de fecha 27 de febrero de 2017 se impidió la formulación de observaciones al acta de la sesión anterior para, posteriormente, en el caso de existir tal observación, debatirla y votarla, comenzando directamente con la votación de la aprobación de las dos sesiones anteriores».

El portavoz municipal del PP pretendía alegar contra el acta de la sesión de 28 de abril de 2016 para que se rectificara explicando que «la persona que provocó el incidente», que esta judicializado en vía penal «fue don Antonio Cerrillo Peña, empleado del Ayuntamiento de Cantoria», y que «el señor Cerrillo, sentado en la primera fila de los asientos del salón de sesiones reservados al público, dirigiéndose al portavoz del Grupo Popular, don José María Llamas, le dijo: ¿Y tú que miras, gilipollas?"; y que el Señor Cerrillo hubo de ser desalojado del Salón de Plenos por la Policía Local».

Asimismo, también tenía intención de presentar un escrito relativo a la periodicidad de las sesiones ordinarias de pleno, «que no se celebraban desde agosto de 2016», por lo que pedía a la alcaldesa que «no siguiese incumpliendo reiteradamente la normativa reguladora y convoque las sesiones ordinarias del pleno en tiempo y forma, es decir cada tres meses, no cuando han transcurrido casi siete meses como es el caso».


JUICIO POR EL INCIDENTE CON EL MARIDO DE LA ALCALDESA

Por el incidente que Llamas pretendía reflejar en el acta dio lugar a una denuncia en vía penal que ha derivado en un juicio por delitos leves por presuntas amenazas de los artículos que se ha señalado para el 18 de octubre en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 1 de Huércal-Overa.

En su denuncia ante la Guardia Civil, el portavoz municipal del PP aseguró que temía «por su integridad y la de su familia», ya que Cerrillo supuestamente habría repetido este comportamiento con anterioridad, «insultándole y amenazándole en la calle», y definía al denunciado como una persona «agresiva, que es cazador», por lo que, según sostenía, temía que, «en un arrebato, pueda amenazarle o llegar a más con un arma de fuego».

Los hechos puestos en conocimiento de la Guardia Civil se registraron presuntamente unos 50 minutos después de que comenzará la sesión plenaria del Ayuntamiento de Cantoria.

Según recogía la denuncia, Cerrillo, quien fue retirado de la candidatura a la Alcaldía por el PSOE poco antes de las elecciones de mayo de 2015 tras una denuncia de la Guardia Civil por infracción administrativa al estar en posesión de cocaína frente a un prostíbulo, entró en el salón, se sentó en los bancos y, una vez «acomodado, comenzó a mirar» a Llamas, «insultándole, diciéndole cosas del tipo gilipollas», al tiempo que comenzaba «a dar voces, reprochándole varias cosas que no tenían nada que ver con los asuntos tratados en el pleno».

A continuación, el portavoz del PP habría instado a la alcaldesa, «que es mujer de Cerrillo», para que le pidiese que «dejara de insultarse, apelando a que es un cargo público elegido democráticamente», por lo que ella le recriminó en hasta dos ocasiones «hasta que, finalmente, tuvo que ser desalojado del pleno por parte de la Fuerza Pública».