Se reanuda el caso 'Costurero'

Este martes se retoma la vista oral de la macrocausa en la que se juzga una presunta trama de corrupción en torno al Ayuntamiento de Zurgena


Imagen de archivo.

EUROPA PRESS / 20·03·2017

La vista oral de la macrocausa 'Costurero', en la que se juzga una presunta trama de corrupción en torno al Ayuntamiento de Zurgena, se retoma este martes en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial después de que el tribunal resolviese las cuestiones previas planteadas por las partes y anulase la información y los datos obtenidos de los ordenadores del exconcejal de Urbanismo y del Ayuntamiento en manos del constructor Tomás Zurano obtenidos durante la instrucción, por lo que estos «no tendrán validez alguna como prueba inculpatoria».

El tribunal ha reservado este martes y los días 22, 23 y 28 de marzo para oír en sala a los 25 encausados, entre ellos quien fuera alcalde andalucista de la localidad, Cándido Trabalón. Precisamente, la Sección Segunda desestimó en un auto la nulidad de actuaciones planteada por Trabalón en la sesión celebrada en mayo de 2016 desde que la Guardia Civil procedió a la entrada y registro del consistorio en abril de 2007, o la prescripción de delitos por haber transcurrido diez años.

La fase testifical arrancará el día 29 y continuará los días 30, 3, 4, y 6 de abril, así como los días 24 y 25 del mismo mes, cuando está previsto que declaren los ciudadanos británicos que figuran como perjudicados en el procedimiento.

Esta dará paso a las comparecencias de los testigos-peritos, prevista para el día 27, mientras que la pericial se celebrará los días 2 y 3 de mayo. El tribunal ha fijado una sesión, concretamente el día 3, para la audición de las grabaciones que obran en las actuaciones mientras que los días 8 y 10 de mayo será el trámite de informes. La Audiencia ha reservado otros cuatro días en el calendario por si fuera necesario para la celebración de la vista.

La Sección Segunda admitió, en su auto de resolución sobre las cuestiones previas, las pruebas documentales aportadas en el acto y tres testificales propuestas por uno de los arquitectos encausados, pero consideró que solo procedía estimar la nulidad del volcado y el clonado en relación a la documentación encontrada en los ordenadores del Ayuntamiento en la vivienda de Zurano y en el de Tijeras ya que los autos que motivaron el registro tanto del Ayuntamiento como de sus domicilios «no eran extensibles a la información contenida en dispositivos de almacenamiento masivo de información digital».

En concreto, señaló que tales resoluciones del juzgado instructor no se extendían a la «justificación de razones que legitimarían el acceso de los agentes a esta información» y remarcó que no consta, además, resolución judicial en la causa autorizando «el examen, clonación y volcado, in situ o en sede judicial, en diligencia levantada por el letrado de la administración de justicia y a presencia del imputado". "Los datos obtenidos del clonado no tendrían validez alguna como prueba inculpatoria», apuntilló la Audiencia Provincial.