Cabe recordar que el exalcalde de Albox, Rogelio Mena, ya fue inhabilitado en 2015 por el mismo motivo, algo que le obligó a renunciar a la Alcaldía
Salvador Hernández. |
EUROPA PRESS / 10·03·2017
La Audiencia Provincial ha confirmado el procesamiento del alcalde de Carboneras, Salvador Hernández (Gicar), quien enfrenta una petición del Ministerio Fiscal de tres años de inhabilitación especial para empleo o cargo público acusado de haber «impedido constante, real y efectivamente la labor de oposición» del grupo municipal del PSOE no dándole «acceso» a información sobre diversos expedientes de contratación y adjudicación de servicios municipales.
Cabe recordar que el exalcalde de Albox, Rogelio Mena, fue condenado en 2015 por el mismo motivo, algo que le obligó a renunciar a la Alcaldía albojense.
El auto de la Sección Tercera, desestima el recurso de apelación contra la transformación de diligencias previas en procedimiento abreviado en el que el regidor alegaba que la instrucción no estaba «finalizada» por no haberse practicado prueba alguna «al margen» de las declaraciones del denunciante, el portavoz municipal del PSOE, José Luis Amérigo, y el propio alcalde.
Argumentó, asimismo, su defensa que habría existido en el caso vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva por «faltar la práctica de diligencias mínimas e imprescindibles» que, a su juicio, hubieran determinado el archivo del presente procedimiento penal.
En concreto, interesaba que el Juzgado de Instrucción 2 de Vera requiriese al Ayuntamiento carbonero documentación referente a diversos hechos «con el fin de identificar a los funcionarios responsables de la emisión de la información y documentación solicitada» por los socialistas, y se proponía la testifical de los citados funcionarios para que aclarasen «si alguien había recibido instrucción alguna del alcalde encaminada a impedir el acceso de los concejales de la oposición» a la documentación.
El tribunal de la Sección Tercera fundamenta la desestimación del recurso en que lo alegado por Hernández para constatar que «no existen ni pruebas ni indicios» contra él no tiene «encuadre» en ninguno de los supuestos que podrían dar lugar a la revocación del auto de procesamiento y que, por tanto, «no puede prosperar en este momento frente a la contraria valoración judicial que conllevan» la práctica de nuevas diligencias para demostrar que «no ha tenido ningún tipo de actuación tendente a limitar el ejercicio de oposición de otros grupos políticos».
"Todo ello sin perjuicio de que el juez instructor, una vez cumplimentados los trámites de calificación provisional por el Ministerio Fiscal y la acusación particular, pueda acordar el sobreseimiento solicitado", concluye.
No obstante, cabe recordar que ya existe auto de apertura de juicio oral contra el regidor carbonero y que el Juzgado de lo Penal número 1 de Almería llegó a señalar la vista oral para octubre de 2016, si bien el juez Luis Columna dictó una providencia para posponer la vista al no estar sustanciado el presente recurso.
Hernández irá a juicio por la presunta comisión de un delito contra el ejercicio de los derechos cívicos al negar supuestamente información a la oposición, y se enfrenta a una pena de tres años de inhabilitación especial para empleo o cargo público.
Cabe recordar que el exalcalde de Albox, Rogelio Mena, fue condenado en 2015 por el mismo motivo, algo que le obligó a renunciar a la Alcaldía albojense.
El auto de la Sección Tercera, desestima el recurso de apelación contra la transformación de diligencias previas en procedimiento abreviado en el que el regidor alegaba que la instrucción no estaba «finalizada» por no haberse practicado prueba alguna «al margen» de las declaraciones del denunciante, el portavoz municipal del PSOE, José Luis Amérigo, y el propio alcalde.
Argumentó, asimismo, su defensa que habría existido en el caso vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva por «faltar la práctica de diligencias mínimas e imprescindibles» que, a su juicio, hubieran determinado el archivo del presente procedimiento penal.
En concreto, interesaba que el Juzgado de Instrucción 2 de Vera requiriese al Ayuntamiento carbonero documentación referente a diversos hechos «con el fin de identificar a los funcionarios responsables de la emisión de la información y documentación solicitada» por los socialistas, y se proponía la testifical de los citados funcionarios para que aclarasen «si alguien había recibido instrucción alguna del alcalde encaminada a impedir el acceso de los concejales de la oposición» a la documentación.
El tribunal de la Sección Tercera fundamenta la desestimación del recurso en que lo alegado por Hernández para constatar que «no existen ni pruebas ni indicios» contra él no tiene «encuadre» en ninguno de los supuestos que podrían dar lugar a la revocación del auto de procesamiento y que, por tanto, «no puede prosperar en este momento frente a la contraria valoración judicial que conllevan» la práctica de nuevas diligencias para demostrar que «no ha tenido ningún tipo de actuación tendente a limitar el ejercicio de oposición de otros grupos políticos».
"Todo ello sin perjuicio de que el juez instructor, una vez cumplimentados los trámites de calificación provisional por el Ministerio Fiscal y la acusación particular, pueda acordar el sobreseimiento solicitado", concluye.
No obstante, cabe recordar que ya existe auto de apertura de juicio oral contra el regidor carbonero y que el Juzgado de lo Penal número 1 de Almería llegó a señalar la vista oral para octubre de 2016, si bien el juez Luis Columna dictó una providencia para posponer la vista al no estar sustanciado el presente recurso.
Hernández irá a juicio por la presunta comisión de un delito contra el ejercicio de los derechos cívicos al negar supuestamente información a la oposición, y se enfrenta a una pena de tres años de inhabilitación especial para empleo o cargo público.