Este viernes comienza la vista oral por presunta prevaricación en la concesión de una licencia de obra para la construcción de 94 viviendas unifamiliares en 'Los Cabreras'
Imagen de archivo. |
EUROPA PRESS / 12·11·2015
La excorporación local de Zurgena se enfrenta este viernes a una nueva vista oral por presunta prevaricación en la concesión —en enero de 2005— de licencia de obra para la construcción de 94 viviendas unifamiliares en el paraje de 'Los Cabreras' con la denominación comercial Lemon Tree Island Botanic Resort.
El juicio, que va a celebrar en el Juzgado de lo Penal 4 de Almería su primera sesión, dejando para una segunda testificales y periciales, va a sentar en el banquillo, asimismo, al administrador de la mercantil New Medina Villas, promotora del residencial, y al arquitecto municipal acusados de sendos delitos contra la ordenación del territorio.
Según consta en las actuaciones, Francisco Javier R.D.C. llegó a celebrar contratos de compraventa con 34 ciudadanos extranjeros, en su mayoría, británicos, personados en la causa como acusación particular, ya que el Ministerio Público solicita en su escrito de calificación la demolición de lo construido, a la que se oponen, aunque las obras fueron paralizadas por orden judicial en julio de 2006.
La mercantil y su administrador, para quien las acusaciones piden que se haga cargo subsidiariamente de la responsabilidad civil junto al Ayuntamiento zurgenero, está inmersos también, junto a los excargos públicos y el técnico, en el conocido como caso 'Costurero' contra la corrupción urbanística en el municipio, listo para su próximo enjuiciamiento en la Audiencia Provincial de Almería.
Según recoge el escrito de calificación provisional del fiscal, Francisco Javier R.D.C., en su calidad de administrador de la mercantil New Medina Villas, decidió promover y construir 94 viviendas unifamiliares en el paraje 'Los Cabreras' sobre «suelo no urbanizable» y «siendo conocedor de ello».
El Ministerio Público sostiene que era así porque las parcelas eran agrícolas, «dedicadas a distintos usos como labor de secano, cereal, dehesas de pastos o terrenos improductivos», no formaban parte de «ningún núcleo de población existente» y, además, «ni tan siquiera tenía acceso rodado por vía urbana, ni abastecimiento de agua, saneamiento y suministro de energía eléctrica en baja tensión».
De este modo, continúa, en diciembre de 2004 y «habiendo acometido obras de urbanización sin solicitar la preceptiva licencia municipal», sí solicitó licencia para la construcción del residencial «pues tenía conocimiento —remarcaù de que el Ayuntamiento de Zurgena podía conceder la licencia amparándose fraudulentamente en la norma establecida en la disposición transitoria séptima de la LOUA».
El fiscal matiza que ésta era aplicable a los municipios que no contasen con planeamiento general, como era el caso de Zurgena, pero que Francisco Javier R.D.C., arquitecto de profesión, «sabía perfectamente que el suelo para el que solicitaba la licencia no cumplía las condiciones de aquella norma».
Con respecto al arquitecto técnico municipal Carlos Domingo B.F. señala que emitió informe en el expediente administrativo en el que, «pese a ser conocedor de que el suelo era no urbanizable», afirmaba que se consideraba que «la parcela donde se pretendía edificar se encontraba en suelo urbano por darse las condiciones del artículo 45 de la LOUA».
Añade el Ministerio Público que decía el citado informe que el núcleo diseminado de 'Los Cabreras' estaba incluido como agrupación de población considerada como núcleo urbano en el anexo I de las Normas Subsidiarias provinciales «cuando en las referidas normas no se hace mención a aquella población» sino a otro núcleo, Los Llanos del Peral, sí contemplado aunque «sin ninguna relación con el lugar donde se solicitaba la licencia» y que esta precisión la hacía «inmediatamente antes de considerar el suelo como urbano».
Reprocha, en esta línea, que el arquitecto técnico municipal hizo constar «notas» en las que afirmaba que la licencia de obras «estaba condicionada a la entrega en este Ayuntamiento antes del comienzo de las obras de las condiciones de acometida de las empresas de servicios —Galasa, Endesa-Sevillana, Telefónica— y que, además, precisó que se incumplían la totalidad de servicios que deben concurrir en la parcela, ya que existen parcialmente los mismos.
El 3 de enero de 2015, el pleno del Ayuntamiento, con el exalcalde Cándido Trabalón a la cabeza y su exconcejal de Urbanismo, Manuel Tijeras, ambos principales encausados en el caso 'Costurero' en el que enfrentan penas de hasta 180 años de cárcel, aprobó la concesión de la licencia con los votos favorables de otros siete exediles «pese a que todos ellos sabían que el suelo era no urbanizable y que la licencia era contraria a la legislación urbanística».
El Ministerio Público indica en su escrito que, al conceder la licencia, se hizo constar, entre otras, condiciones como que estaba a expensas de la entrega en el Ayuntamiento «de las condiciones de acometidas de las empresas de servicios» y se advirtió que de no aportarse dicha documentación «el permiso quedaría anulado», así como que, antes del comienzo de la obra, se debía presentar «proyecto de ejecución».
Al parecer, Francisco Javier R.D.C. «incumplió» las condiciones de la licencia y comenzó igualmente la construcción del residencial, llegando a celebrar varios contratos de compraventa, en su mayoría con ciudadanos británicos, con la intención de enajenar las viviendas una vez estuvieran construidas.
Todos los acusados se enfrentan a una petición de fiscal de 21 meses de prisión. Para el promotor se interesa, asimismo, multa de 24 meses a razón de una cuota diaria de 50 euros mientras que para excargos y empleado público solicita inhabilitación especial durante nueve años.
Según consta en los escritos de acusación particular, consultados por Europa Press, los compradores extranjeros adquirieron las viviendas del residencial, denominado comercialmente Lemon Tree Island Botanic Resort, por cantidades que oscilan entre los 289.435 euros y los 294.250 euros y llegaron a abonar en la mayoría de los casos la mitad del precio.
El juicio, que va a celebrar en el Juzgado de lo Penal 4 de Almería su primera sesión, dejando para una segunda testificales y periciales, va a sentar en el banquillo, asimismo, al administrador de la mercantil New Medina Villas, promotora del residencial, y al arquitecto municipal acusados de sendos delitos contra la ordenación del territorio.
Según consta en las actuaciones, Francisco Javier R.D.C. llegó a celebrar contratos de compraventa con 34 ciudadanos extranjeros, en su mayoría, británicos, personados en la causa como acusación particular, ya que el Ministerio Público solicita en su escrito de calificación la demolición de lo construido, a la que se oponen, aunque las obras fueron paralizadas por orden judicial en julio de 2006.
La mercantil y su administrador, para quien las acusaciones piden que se haga cargo subsidiariamente de la responsabilidad civil junto al Ayuntamiento zurgenero, está inmersos también, junto a los excargos públicos y el técnico, en el conocido como caso 'Costurero' contra la corrupción urbanística en el municipio, listo para su próximo enjuiciamiento en la Audiencia Provincial de Almería.
Según recoge el escrito de calificación provisional del fiscal, Francisco Javier R.D.C., en su calidad de administrador de la mercantil New Medina Villas, decidió promover y construir 94 viviendas unifamiliares en el paraje 'Los Cabreras' sobre «suelo no urbanizable» y «siendo conocedor de ello».
El Ministerio Público sostiene que era así porque las parcelas eran agrícolas, «dedicadas a distintos usos como labor de secano, cereal, dehesas de pastos o terrenos improductivos», no formaban parte de «ningún núcleo de población existente» y, además, «ni tan siquiera tenía acceso rodado por vía urbana, ni abastecimiento de agua, saneamiento y suministro de energía eléctrica en baja tensión».
De este modo, continúa, en diciembre de 2004 y «habiendo acometido obras de urbanización sin solicitar la preceptiva licencia municipal», sí solicitó licencia para la construcción del residencial «pues tenía conocimiento —remarcaù de que el Ayuntamiento de Zurgena podía conceder la licencia amparándose fraudulentamente en la norma establecida en la disposición transitoria séptima de la LOUA».
El fiscal matiza que ésta era aplicable a los municipios que no contasen con planeamiento general, como era el caso de Zurgena, pero que Francisco Javier R.D.C., arquitecto de profesión, «sabía perfectamente que el suelo para el que solicitaba la licencia no cumplía las condiciones de aquella norma».
Con respecto al arquitecto técnico municipal Carlos Domingo B.F. señala que emitió informe en el expediente administrativo en el que, «pese a ser conocedor de que el suelo era no urbanizable», afirmaba que se consideraba que «la parcela donde se pretendía edificar se encontraba en suelo urbano por darse las condiciones del artículo 45 de la LOUA».
Añade el Ministerio Público que decía el citado informe que el núcleo diseminado de 'Los Cabreras' estaba incluido como agrupación de población considerada como núcleo urbano en el anexo I de las Normas Subsidiarias provinciales «cuando en las referidas normas no se hace mención a aquella población» sino a otro núcleo, Los Llanos del Peral, sí contemplado aunque «sin ninguna relación con el lugar donde se solicitaba la licencia» y que esta precisión la hacía «inmediatamente antes de considerar el suelo como urbano».
Reprocha, en esta línea, que el arquitecto técnico municipal hizo constar «notas» en las que afirmaba que la licencia de obras «estaba condicionada a la entrega en este Ayuntamiento antes del comienzo de las obras de las condiciones de acometida de las empresas de servicios —Galasa, Endesa-Sevillana, Telefónica— y que, además, precisó que se incumplían la totalidad de servicios que deben concurrir en la parcela, ya que existen parcialmente los mismos.
El 3 de enero de 2015, el pleno del Ayuntamiento, con el exalcalde Cándido Trabalón a la cabeza y su exconcejal de Urbanismo, Manuel Tijeras, ambos principales encausados en el caso 'Costurero' en el que enfrentan penas de hasta 180 años de cárcel, aprobó la concesión de la licencia con los votos favorables de otros siete exediles «pese a que todos ellos sabían que el suelo era no urbanizable y que la licencia era contraria a la legislación urbanística».
El Ministerio Público indica en su escrito que, al conceder la licencia, se hizo constar, entre otras, condiciones como que estaba a expensas de la entrega en el Ayuntamiento «de las condiciones de acometidas de las empresas de servicios» y se advirtió que de no aportarse dicha documentación «el permiso quedaría anulado», así como que, antes del comienzo de la obra, se debía presentar «proyecto de ejecución».
Al parecer, Francisco Javier R.D.C. «incumplió» las condiciones de la licencia y comenzó igualmente la construcción del residencial, llegando a celebrar varios contratos de compraventa, en su mayoría con ciudadanos británicos, con la intención de enajenar las viviendas una vez estuvieran construidas.
Todos los acusados se enfrentan a una petición de fiscal de 21 meses de prisión. Para el promotor se interesa, asimismo, multa de 24 meses a razón de una cuota diaria de 50 euros mientras que para excargos y empleado público solicita inhabilitación especial durante nueve años.
Según consta en los escritos de acusación particular, consultados por Europa Press, los compradores extranjeros adquirieron las viviendas del residencial, denominado comercialmente Lemon Tree Island Botanic Resort, por cantidades que oscilan entre los 289.435 euros y los 294.250 euros y llegaron a abonar en la mayoría de los casos la mitad del precio.