La Junta pide autorización al TSJA para tomar posesión de la finca de El Algarrobico

Como paso previo a la demolición del hotel que la promotora Azata del Sol construyó sobre esos terrenos


Hotel de Azata del Sol en el paraje de El Algarrobico, en Carboneras / Europa Press
Hotel de Azata del Sol en el paraje de El Algarrobico, en Carboneras / Europa Press
EUROPA PRESS / 28·03·2015

La Junta de Andalucía ha solicitado al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que expida una «autorización de entrada» a los terrenos en los que se levanta el hotel de Azata el paraje de El Algarrobico, en Carboneras, para «tomar posesión de la finca» y «dar, así, cumplimiento» al protocolo firmado en 2011 con el Ministerio de Medio Ambiente que contempla la demolición del inmueble y la recuperación de la playa.

En su escrito, la Junta pide «auxilio judicial» al Alto Tribunal para hacer efectivo el derecho de retracto que ejerció sobre los sectores ST-1 y ST-2 ante la «actitud de las entidades Azata del Sol y Azata Patrimonio SL» que, según remarca, ha «impedido la entrega voluntaria» de la finca, después de que la Administración autonómica se apropiara de ella por 2,3 millones de euros.

El Gobierno andaluz solicita, asimismo, al TSJA que «requiera judicialmente» a la empresa para que designe una cuenta bancaria «en la que hacer efectivo el pago del precio del retracto», o que el propio tribunal señale una cuenta «en la que llevar a cabo la consignación judicial» del dinero.

Ambas peticiones dan respuesta a la providencia de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de 3 de marzo en la que interpelaba a la Junta andaluza para que «concretase qué medidas de ejecución» solicitaba que fuesen «adoptadas» por el tribunal, en el marco del incidente de ejecución forzosa de la sentencia que avaló en 2013 el derecho de retracto ejercido en 2006, para «preservar los valores medioambientales» del paraje.

El escrito acompaña copia de la publicación en BOE el 6 de diciembre de 2011 del protocolo firmado por Junta y Ministerio de Medio Ambiente, en el que ambas administraciones se comprometen a, «tan pronto como sea posible y al amparo de los que resuelvan los órganos jurisdiccionales correspondientes, a contribuir a la inmediata demolición del hotel y la posterior restauración del espacio sin perjuicio, todo ello, de la posible responsabilidad de terceros».


«Intentos infructuosos»

En concreto, la Junta mantiene que, a pesar de las «facultades de autotutela» con las que cuenta la administración, la «actitud» de las entidades Azata del Sol y Azata Patrimonio SL le «lleva a solicitar auxilio judicial», ya que han sido «diversos» los «intentos infructuosos» de citarlas para «el pago y ocupación» de la finca.

Asimismo, señala que, ante la «inicial negativa» de Azata del Sol a recibir el precio del retracto, el 9 de noviembre de 2006 «se depositó» este montante económico de 2,3 millones de euros «en la cuenta de depósito de la Consejería de Economía y Hacienda a favor» de la mercantil, y añade que «no ha sido posible» que compareciera para hacerle entrega de la cantidad ya consignada.

En el escrito, la Junta explica también al TSJA que la administración autonómica «necesita entrar a tomar posesión de los bienes retraídos a fin de ejecutar el retracto y dar, así, cumplimiento al Protocolo General de Colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y la Junta de Andalucía para la recuperación de la playa de El Algarrobico, suscrito el 15 de noviembre de 2011 y publicado en BOE el 6 de diciembre de 2011».

Insiste, en este punto, en que la «actitud» de Azata del Sol y Azata Patrimonio SL «han impedido la entrega voluntaria y toma de posesión de la finca», por lo que, según remarca, «resulta preciso solicitar de esta sala, como órgano competente para la ejecución, la correspondiente autorización judicial de entrada».

«En este contexto, y entendiendo que, en este caso, concurre la obligación de la Administración de obtener el consentimiento del particular o, en su defecto, la correspondiente autorización judicial para acceder a la finca, solicitamos autorización puesto que el particular no ha otorgado el consentimiento, y dado que tal finca pudiera ostentar la consideración de domicilio», traslada para concluir solicitando «cuantos medios sean necesarios para hacer efectivas las medidas señaladas».