Fiscalía pide la demolición de otras cinco viviendas en Oria

Adquiridas hace más de una década por cinco familias de origen británico


Pedanía de La Rambla, Oria
EUROPA PRESS / 26·11·2014

Cinco familias británicas residentes en Oria se enfrentan a la demolición de sus viviendas, adquiridas hace más de diez años, en el marco de un procedimiento penal contra los promotores de las mismas.

Las casas, situadas en la pedanía orialeña de La Rambla, fueron promovidas y construidas supuestamente sin contar con licencia municipal de obras, y sobre suelo calificado como no urbanizable, por lo que el fiscal considera que no son autorizables e interesa su derribo para restaurar la legalidad alterada.

En la vista oral, señalada para enero en el Juzgado de lo Penal número 2 de Almería, el Ministerio Público va a solicitar, asimismo, que ambos promotores, uno de nacionalidad española y el otro de origen británico, corran tanto con los gastos de la demolición como con las indemnizaciones a los compradores en la cuantía de la cantidad pagada y gastos satisfechos.

Según relata la acusación pública en su escrito de calificación provisional, el acusado D.R.G., promotor y constructor, edificó entre los años 2003 y 2004 en la pedanía de La Rambla, en Oria, cuatro viviendas unifamiliares «sin la correspondiente licencia municipal y en suelo no urbanizable» que, subraya, no son autorizables.

D.R.G. celebró supuestamente contratos privados de compraventa con el fin de enajenar a terceras personas tres de las cuatro casas, por lo que interesa para él la imposición de una pena de dos años de cárcel y multa de 24 meses a razón de 30 euros al día, además de inhabilitación especial para profesión u oficio relacionado con la construcción por un periodo de 24 meses.

En el caso del segundo acusado, identificado como A.A.R., la Fiscalía sostiene que, como promotor, edificó «sin licencia municipal y en fecha posterior a septiembre de 2004» una vivienda unifamiliar en el mismo paraje, y sobre suelo también «no urbanizable», al tiempo que celebró contrato de compraventa para enajenarla a un tercero.

Para él, interesa, además del cargo del coste del derribo y de la indemnización, una pena de 15 meses de cárcel y multa de 18 meses a razón de 30 euros al día, así como inhabilitación especial para profesión u oficio en la construcción por un periodo de dos años.

En la misma causa se ha dictado el sobreseimiento provisional por la edificación de otras tres viviendas en la misma pedanía, ya que se construyeron al menos tres años antes de que se incoará el procedimiento penal, sin que pueda acreditarse que en ese plazo se realizasen trabajos de edificación. El auto deja pendiente además la actuación contra una sexta vivienda hasta que pueda localizarse a su propietario.